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viernes, 1 de marzo de 2013

CONCEPTOS QUE DEBEMOS CONOCER


El ciberacoso se puede definir como la acción de llevar a cabo amenazas, hostigamiento, humillación u otro tipo de molestias realizadas por un adulto contra otro adulto por medio de tecnologías telemáticas de comunicación, es decir: Internet, telefonía móvil, correo electrónico, mensajería instantánea, videoconsolas online, etc.

Definición extraída de Aftab, Parry, Guía práctica sobre el ciberbullying, adaptada y contextualizada por Jorge Flores y Manu Casal de Pantallas Amigas.




El ciberbullying es un tipo concreto de ciberacoso aplicado en un contexto en el que únicamente están implicados menores. De este fenómeno se pueden obtener múltiples definiciones, pero en general, se puede determinar como una conducta “de acoso entre iguales en el entorno TIC, e incluye actuaciones de chantaje, vejaciones e insultos de niños a otros niños”. 
En una definición más exhaustiva, se puede decir que “el ciberbullying supone el uso y 
difusión de información lesiva o difamatoria en formato electrónico a través de los medios de comunicación como el correo electrónico, la mensajería instantánea, las redes sociales, la mensajería de texto a través de dispositivos móviles o la publicación de vídeos o fotografías en plataformas electrónicas de difusión de contenidos.”

Definición extraída de Guía legal sobre ciberbullying y grooming, Observatorio de la Seguridad de la Información de INTECO.http://www.inteco.es/Seguridad/Observatorio/guias/guiaManual_groming_ciberbullying




El grooming, por su parte se define como un acoso ejercido por un adulto y se refiere a ``acciones realizadas deliberadamente para establecer una relación y un control emocional sobre un niño o niña con el fin de preparar el terreno para el abuso sexual del menor. Se podría decir que son situaciones de acoso con un contenido sexual explícito o implícito´´

Definición extraída de la Guía legal sobre ciberbullying y grooming, Observatorio de la Seguridad de la Información de INTECO




El sextorsión, es un tipo de acoso sexual por internet, donde la victima conoce al delincuente en páginas de encuentro de la Red y se establece el contacto que termina, tarde o temprano, en cibersexo donde ambos se quitan la ropa delante de la webcam. El chantajista graba el desnudo de la victima y solicita dinero para que no sea publicado o incluso mostrado a sus amigos y familiares identificados en las redes sociales

Definición extraída del blog Iniciativas Pantallas Amigas http://pantallasamigas.blogspot.com.es/




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